Programa 13: El artículo 337 y los estados de excepción

El debate sobre los estados de excepción ha encendido los debates en el país desde que se cambiaron los artículos 337, 338 y 339 en la propuesta de Reforma Constitucional por parte de los diputados de la Asamblea Nacional. Los artículos tienen que ver con las garantías de derechos humanos durante los estados de excepción que pueda decretar el Gobierno en caso de emergencia.
Luego de una evaluación de la pérdida de garantías hecha por Laura Weffer y Javier Barrios en conversa con Carlos Correa, el abogado Alonso Domínguez evaluó también el articulado y el significado de su transformación en los derechos fundamentales.

Alonso DomínguezPara nuestro entrevistado, "el artículo tiene dos incovenientes" pues como mecanismos excepcionales deben estar muy bien limitados para evitar exceso del Estado.
1. Se elimina el límite temporal para el estado de excepción. Eso alargaría los periodos en los que el Estado
2. El Estado no puede dictar medidas que vayan en contra de los derechos humanos que más bien debe garantizar.
Domínguez señaló que en la aprobación del nuevo artículo en la asamblea se elimina el derecho a la información y se hace una disección al "derecho al debido proceso", pues es un derecho integral que incluye cosas que no pueden separarse, como el derecho a ser juzgado por jueces naturales pero perdiendo la presunción de inocencia.

"En caso de una situación de intranquilidad social, la gente tiene derecho a saber qué está pasando, quién está protestando, por eso el derecho a la información es esencial en esos momentos. ¿Realmente qué están pensando los proponentes?"

El programa tuvo la respuesta de nuestros oyentes en forma de mensajes de texto y llamadas. La tertulia está servida en Fe y Alegría.


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1 comentario:

Lycette Scott dijo...

Yo lo dije en mi blog que este es uno de los artículos que me parece más delicado, desglosar derechos humanos y permitir su suspensión es algo gravísimo